NUEVAS EXCEPCIONES

El Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante Resolución 41/2020, ha dispuesto que las fábricas, productores agropecuarios, comercios y servicios (comprendidas en las excepciones del DNU 297/2020 y ampliatorias, deberán cumplimentar los requisitos que a continuación se detallan:

1. Asegurar que la actividad esté exceptuada según Decreto 297/2020 y las Decisiones Administrativas 429/2020, 450/2020 y Ampliación Decreto N° 332/20 – Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la  Producción (Ver detalle al fondo de las actividades permitidas durante el aislamiento obligatorio COVID19)

2. Enviar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social protocolocovid@santafe.gov.ar y en copia a la Secretaría de Producción Comunal norma_arnaudo@hotmail.com , lo siguiente:
a. Declaración Jurada Anexo Resolución 41/20 por cada trabajador que esté afectado a la empresa (Pulsando control y clic podés acceder a la planilla https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257765/1357699/ )
b. Protocolo de Seguridad e Higiene pertinente a implementar por la empresa
(ingresar pulsando control y clic y seleccionar el protocolo pertinente https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/234511/(subtema)/93802 )
Se le podrán hacer adapataciones o agregados al Protocolo que corresponda.

3. Aguardar acuse de recepción por parte del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe.
El Protocolo deberá ser expuesto en un lugar bien visible de la  Empresa.
Las/os trabajadoras/es que necesiten trasladarse para trabajar, deberán contar con el permiso de circulación Provincial (trámite firmado por el empleador) y Nacional (trámite individual online) para dirigirse a su lugar de trabajo.

Según el Artículo 14 de la RESOLUCIÓN 41/2020 los Municipios y Comunas son convocados, para que en forma concurrente con el Ministerio de Trabajo, realicen la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas a través de ACTA DE VERIFICACION y ACTA DE CONSTATACION

Recordar que lo más importante es proteger la SALUD de las personas, cumpliendo y haciendo cumplir todas las medidas presentes en la Resolución 41/2020

Para mayor información contactarse con la encargada del área de Producción de la Comuna al mail  norma_arnaudo@hotmail.com.

Fuente: Comuna de María Juana